El resultado que se muestra es orientativo y puede variar en función de la comunidad autónoma y de aportaciones anteriores a la misma organización
Donante
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Importe
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Deducción
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Persona natural
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Hasta 250€
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80%
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Resto
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40%
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Persona jurídica
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Todo el importe
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40%
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La deducción de la cuota íntegra tiene un límite del 10% para personas físicas y del 15% en personas jurídicas, conforme Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
La deducción aumenta con un 45% de deducción para personas físicas y un 50% para personas jurídicas, para donaciones del mismo importe durante dos años seguidos