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    El resultado que se muestra es orientativo y puede variar en función de la comunidad autónoma y de aportaciones anteriores a la misma organización

    Donante

    Importe

    Deducción

    Persona natural

    Hasta 250€

    80%

    Resto

    40%

    Persona jurídica

    Todo el importe

    40%

    La deducción de la cuota íntegra tiene un límite del 10% para personas físicas y del 15% en personas jurídicas, conforme Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

    La deducción aumenta con un 45% de deducción para personas físicas y un 50% para personas jurídicas, para donaciones del mismo importe durante dos años seguidos

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